Condenan a 10 años de prisión a hombre que agredió a su pareja en Yamasá
MONTE PLATA .-Una condena a 10 años de prisión y al pago de una indemnización de 500 mil pesos le fue impuesta a un hombre acusado por el Ministerio Público de este distrito judicial de agredir físicamente a su pareja sentimental en 2019.
Marino Sepúlveda Martínez (Mario el Brujo), de 48 años, fue declarado culpable de cometer el hecho de violencia en perjuicio de Apolonia Belén de Paula, de 43 años, con quien tenía una relación de 24 años.
Sepúlveda Martínez cumplirá la sentencia en el centro de privación de libertad La Victoria, como dispuso el Tribunal Colegiado de Monte Plata, integrado por los jueces Hilda Nieves Sánchez Luna, Isaías Ronaldo Martínez Pérez y Johanna Giselle Reyes Moquete.
La acusación, presentada por los fiscales José del Carmen García Hernández y Johanna Núñez Borgen, establece que el hecho ocurrió alrededor de las 10:00 de la mañana del 6 de noviembre de 2019, mientras la víctima y el procesado se encontraban en su vivienda en el sector La Javilla, del distrito municipal Los Botados, del municipio Yamasá.
Detalla que el hoy condenado agarró a la mujer por el cuello y trató de estrangularla, además de que la golpeó en diferentes partes del cuerpo, resultando la víctima con laceraciones en el área del cuello y el brazo izquierdo, dolor en el tórax, además de trauma contuso en torno al ojo izquierdo y en el brazo derecho. Luego de cometer el hecho, el hombre huyó del lugar.
El expediente relata que el procesado trató de incendiar la vivienda de su pareja con todos los ajuares dentro, en momentos en que miembros de la Policía Nacional ejecutaban una orden de arresto en su contra, alrededor de las 9:00 de la mañana del 14 de noviembre de 2019.
Señala que, de forma recurrente, Sepúlveda Martínez mostraba una conducta violenta hacia la víctima y la amenazaba de muerte.
Ante los hechos expuestos por la Fiscalía de Monte Plata, Sepúlveda Martínez fue declarado culpable de violar las disposiciones contenidas en los artículos 309-2 y 309-3 del Código Penal Dominicano.
Durante el juicio, el Ministerio Público había solicitado en sus conclusiones que le dictaran al procesado 30 años de prisión, amparado en diferentes pruebas documentales, procesales, periciales, ilustrativas y testimoniales.