Miembros activos de la PN con ciertas restricciones para su desarrollo personal contempladas en la Ley orgánica de la institución 590-16
Por Luis Ozuna
SANTO DOMINGO, R.D.- Tras la publicación del reciente memorándum de la Dirección General de la Policía Nacional emitido en fecha 05 del mes de noviembre del presente año, en el cual se prohíbe de forma rotunda que los miembros activos de la institución puedan brindar servicios de seguridad a particulares, aún estando en su tiempo libre, esto ha generado fuertes reacciones al respecto.
La falta de beneficios que tienen los miembros de esa institución, el bajo salario que devengan, además la carencia de oportunidades para el desarrollo profesional, les obliga a tener que en su tiempo libre realizar otra labor, a los fines de poder reforzar sus ingresos y poder cubrir las necesidades de su familia, quienes utilizan este método para poder hacerlo de forma honrada.
Una serie de restricciones colocadas a los agentes de la institución del orden que les prohíben crecer en la sociedad y que son catalogadas como faltas graves dentro de la Ley Orgánica de la institución, que pueden conllevar a la desvinculación del organismo, entre esta se encuentra que según datos suministrados a este medio “ningún agente activo puede constituir una empresa a su nombre”.
Con la prohibición de que un agente activo de la policía pueda constituir una empresa a su nombre, se le está inhabilitando a ser el presidente administrativo de cualquier compañía (negocio) que sea de su emprendimiento, lo que genera descontento y por ende motiva a malas prácticas dentro de la institución, que han empañado en miles de ocasiones el uniforme gris.
Según la Ley orgánica de la Policía Nacional 590-16, los agentes deben cohibirse de muchas cosas, e incluso muchas que son para su crecimiento profesional y personal, que le quedaría construido para cuando ya no pertenezca al cuerpo del orden por cualquier causa.
Se espera que muchas de estas restricciones puedan ser evaluadas dentro de esta ley institucional y que se apliquen algunas modificaciones para el bien de los agentes y no para conllevar a la arbitrariedad.